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Actualización: nuevas medidas restrictivas para el comercio minorista y centros comerciales

8 de enero de 2021

Este 4 de enero, la Generalitat de Cataluña ha publicado en el DOGC la resolución SLT/1/2021, que amplía algunas de restricciones para el comercio minorista y los centros comerciales, mientras que prorroga otras restricciones que ya estaban en vigor. A partir del 7 de enero y al menos durante 10 días, las tiendas que tengan más de 400 metros cuadrados y los centros comerciales deben bajar la persiana. Además, la resolución estipula que durante el fin de semana, también deben cerrar todos los comercios no esenciales.

El comercio minorista, cerrado los fines de semana

En primer lugar, la nueva resolución suspende la apertura al público de los establecimientos y locales comerciales de venta al detalle los sábados y domingos, excepto los establecimientos comerciales dedicados a la venta de productos esenciales, de productos higiénicos, los centros de veterinaria, las peluquerías, los centros de estética, los concesionarios de automóviles y los centros de jardinería, que pueden permanecer abiertos sea cual sea su superficie, y con las medidas establecidas de higiene y de seguridad establecidas en el plan sectorial de comercio aprobado por los órganos de Gobierno del Plan de actuación del PROCICAT.

La apertura al público de los establecimientos y locales comerciales de venta al detalle de lunes a viernes que no son servicio esencial ni ninguna de las excepciones mencionadas anteriormente, queda condicionada a que tengan una superficie de venta igual o inferior a 400 metros cuadrados; que se reduzca al 30% del aforo permitido por licencia o autorización de la actividad y que los establecimientos apliquen de manera rigurosa las medidas higiénicas, de prevención y de seguridad establecidas para hacer frente a la Covidien-19 en el Plan sectorial de comercio, aprobado por los órganos de Gobierno del Plan de actuación del PROCICAT.

Los centros comerciales, cerrados

En cuanto a los centros comerciales, galerías comerciales y recintos comerciales, la resolución les obliga a suspender la actividad. Sin embargo, los comercios esenciales y demás excepciones citadas anteriormente, sí pueden permanecer abierto. También pueden abrir al público, excepto sábados y domingos, aquellos establecimientos y locales comerciales que se encuentren dentro de los centros, galerías o recintos comerciales, que tengan una superficie de venta igual o inferior a 400 metros cuadrados y dispongan de acceso directo e independiente desde de la vía pública, con un aforo máximo del 30% y aplicando de forma rigurosa las medidas higiénicas, de prevención y de seguridad establecidas para hacer frente a la Covid-19 en el Plan sectorial de comercio, aprobado por los órganos de Gobierno del Plan de actuación del PROCICAT.

Asimismo, la resolución detalla que pueden abrir al público los equipamientos culturales y los equipamientos deportivos ubicados dentro de centros, galerías o recintos comerciales, con sujeción a las condiciones dictadas por este sector.

La nueva resolución especifica también que todo el resto de medidas y restricciones para el comercio minorista y la restauración en vigor se prorrogan

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