El Procicat aprueba el plan para la reanudación de las actividades recreativas musicales del ocio nocturno
13 de mayo de 2021
El Procicat ha dado su visto bueno al plan sectorial que deberá permitir, cuando así se considere, la reapertura de las actividades recreativas musicales vinculadas al ocio nocturno. Así, el plan contempla medidas generales para la apertura de locales y establecimientos que funcionen como discotecas, salas de baile, salas de fiestas con espectáculos, bares musicales, o karaokes, que componen un sector relevante en la economía catalana y la vida social de una parte relevante de la población y que han quedado duramente afectadas por las restricciones aplicadas para contener la epidemia de Covid-19 en Cataluña.
El protocolo indica, por ejemplo, los requerimientos a seguir en el control de acceso y en la gestión, de haber, de las zonas de baile y de restauración, así como también expone las medidas de higiene y salud pública, limpieza y desinfección necesarias, y los requisitos relativos a la ventilación y funcionamiento de los sistemas de climatización en el desarrollo de estas actividades.
En cuanto a los controles de acceso, en locales con un aforo superior a 500 personas será obligatorio contar con algún sistema telemático de venta anticipada y reserva nominativa de entradas, para facilitar una trazabilidad de los asistentes en caso de rebrote; en locales con un aforo menor, será sólo recomendable. Estos sistemas telemáticos deberán incorporar, también, información sobre la disponibilidad del aforo, para evitar aglomeraciones de público en los accesos a los locales. En cuanto a la venta por taquilla del remanente de entradas, deberá llevar un registro de datos de identidad y contacto de quien acceda, independientemente del aforo del local.
Además, serán necesarios aplicar mecanismos para garantizar que, en caso de producirse colas, se mantenga la distancia de seguridad en el exterior del local y exigir el uso de mascarilla a las personas que formen parte de estas colas. De hecho, se deberán establecer flujos diferenciados de entrada y de salida, con el mínimo contacto posible entre ambos.
En relación con los aforos, la fijación de un máximo tomará como base el que tenga autorizado cada local, y es un elemento clave para poder garantizar la seguridad de los trabajadores y de los clientes, especialmente para facilitar que se mantengan unas determinadas distancias interpersonales de seguridad, y minimizar al máximo la posibilidad de contagios. En cuanto al uso de las pistas de baile, se podrá estar siguiendo algunas directrices: en locales con aforo superior a 500 personas, la pista estará perimetrada, con un punto de entrada y uno de salida; e, independientemente del aforo, será obligatorio llevar la mascarilla correctamente puesta y no consumir en él.
Con referencia al servicio de barra, se debe garantizar la distancia interpersonal, y eliminar todos los utensilios de las barras o de las tablas que puedan ser de uso común o compartido. Los clientes deberán llevar permanentemente puesta la mascarilla y sólo se podrá retirar para comer o beber.
Por último, será necesario intensificar las actividades de limpieza y desinfección y que se disponga de un protocolo adaptado en función del aforo, la frecuencia de tráfico o empleo, los tipos de actividades y los usos de cada local. También, garantizar la renovación de los flujos de aire con sistemas de ventilación y renovación del aire, así como mantener la máxima aportación posible de aire exterior en los locales, mediante ventilación natural y/o en los sistemas de ventilación y climatización para evitar la transmisión del virus por el aire. De hecho, donde sólo se disponga de ventilación natural, habrá maximizar el caudal de ventilación abriendo las ventanas y las puertas: así, se recomienda ventilar los espacios con la mayor frecuencia posible y, como mínimo, tres veces al día durante 10 minutos, así como comenzó la ventilación dos horas antes de la apertura del local y mantenerla en funcionamiento una hora después del cierre.