Normativa de horarios comerciales
6 de agosto de 2015
Información sobre la normativa de horarios comerciales
Las competencias en materia de regulación de horarios comerciales están atribuidas actualmente, con respecto a Cataluña, tanto al Estado como a la Generalitat de Catalunya.
El 19 de febrero de 2014 se aprobó la Ley 3/2014 de 19 de febrero, de horarios comerciales y de medidas para determinadas actividades de promoción (Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya 24.2.2014). Entra en vigor el 25 de febrero de 2014.
Zona turística de apertura comercial
La Generalitat de Cataluña ha dictado la Resolución de 10 de julio, en la que se califican determinadas zonas del término municipal de Barcelona como turísticas, a efectos de horarios comerciales. En el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 15 de septiembre, los establecimientos comerciales que abarca la zona turística podrán permanecer abiertos los domingos, entre las 10:00 y las 18:00 horas, salvo los incluidos en ese periodo que formen parte del calendario general de festivos con apertura comercial autorizada, que podrán permanecer abiertos durante el horario comercial general establecido en los apartados a) y b) del punto 2 del artículo 1 de la Ley 3/2014 de Horarios Comerciales.
En las calles fronterizas se incluyen comprendidas las dos aceras..
Autorizaciones para la modificación de la franja horaria comercial para acontecimientos puntuales
De manera excepcional, con motivo de la celebración de acontecimientos lúdicos, culturales, festivos, etc., a solicitud motivada del Ayuntamiento y previa autorización de la Dirección General de Comercio de la Generalitat, es posible la ampliación del horario comercial más allá de las 22.00 horas, de acuerdo con lo que dispone la Ley 3/2014, del 19 de febrero, de horarios comerciales y de medidas para determinadas actividades de promoción.
10 de julio: II noche lila del comercio de Gracia
20 de junio: noche del comercio en Camp de l'Arpa
19 de junio: Shopping night a Gran Eixample
18 de junio: Intenz Diagonal by the Shopping Night Barcelona
Normativa municipal
Por razón de orden público, los ayuntamientos pueden conceder la obligatoriedad de cierre en horario nocturno de establecimientos que pretendan acogerse a cualquiera de las causas de exclusión del horario general, con la correspondiente comunicación a la Dirección General de Comercio.
En Barcelona esta regulación se encuentra en los siguientes distritos:
• Ciutat Vella
• Gràcia
• Sants Montjuic: Poble Sec
Otras regulaciones: Decreto mercado de marchantes
Publicidad del horario comercial
Los establecimientos comerciales tienen que exponer el horario adoptado de manera que la información sea visible al público, incluso con el establecimiento cerrado.
Los establecimientos dedicados esencialmente a la prestación de servicios, como por ejemplo peluquerías, centros de estética, lavanderías, locutorios, etcétera están excluidos de las limitaciones en materia de horarios comerciales.
Fuente: Ayuntamiento de Barcelona